TALLER
Respuestas al Taller
“Internet y sociedad urbana”
Por:
Isabel Cristian Ríos Tobón
Manuel Zapata Zuluaga
1. La Internet llegó y como tal hay que aceptarla se quiera o no. Las relaciones entre individuos que utilizan la red como medio de comunicación están generando nuevos cambios sociales. Pero más que pensar en que la Internet es un problema que está sustituyendo las tradicionales relaciones en el territorio urbano, es necesario concebirla como un nuevo modo de relación más que de sustitución.
2. Pese a la consideración del autor del texto, cuando dice que “el ciber espacio extiende y complementa a la ciudad pero también compite con ella”, el mismo Raúl Trejo Delarbre habla de las exageraciones que muchos se atreven a dar sobre los resultados del Internet. Las empresas por ejemplo, ven en la red un nuevo mercado y muchas han obtenido éxito en sus economías. Estos nuevos negocios no hay que mirarlos como competencia y desplazamiento hacia el modelo tradicional sino como un complemento. Ambos deben de estar ligados para su buen desempeño.
3. Quizá el campo en el que más se utiliza el Internet sea el entretenimiento, al menos entre la juventud, quienes son los que más chatean y se apropian de la alta dosis de videos que tiene la red. Pero aún falta mucho para llegar a la definición de que los medios electrónicos están reemplazando las funciones de esparcimiento de los sitios públicos. El mundo no se puede concebir con lo que sólo diga o muestre la red. Para conocer hay que salir y eso implica conectarse con un mundo real, un mundo urbano con grandes propuestas para el disfrute de la sociedad.
4. Claro que no es una hipótesis futurista que las relaciones personales y sociales en la red de redes formen parte de una realidad, pero dicha relación no está sustituyendo a los espacios convencionales de relación personal, simplemente es otra forma de relacionarnos. ¿acaso cuando hay una relación por red no hay interés en seguir estableciendo otro tipo de relación? Dependiendo de la relación, se necesita de un espacio y éste puede ser convencional. Dependiendo de la relación, muchas requieren de contacto físico.
5. Cuando Raúl Trejo afirma que “es más cosmopolita aquel que trata de pensar el mundo más allá de las fronteras, que aquel que viaja con frecuencia”, podría tener razón porque es cierto que en Internet no existen las fronteras, las distancias se acortan, se puede divagar de un sitio a otro sin acentarse en ninguno específico, entre otras posibilidades. Por otra parte, también es cierto que la sensación de estar en diferentes sitios a través de la red y la sensación de hacerlo en “el mundo real” es muy diferente, como el mismo Trejo la menciona en alguno de los pasajes del documento: “en la ciudad podemos dejar huella”.
6. El autor plantea que “el ciberespacio es la antítesis del arraigo”, pero pese a esta afirmación, pensamos que la cuestión del arraigo no es tan sencilla como decir que no se necesitan preparativos, rutas u horarios para navegar por la red. Por lo que hemos observado, creemos que a pesar de esta aseveración, las personas, de una u otra manera, pueden encontrar en el ciberespacio una forma de arraigo, de apego a sus propias rutinas de navegación o a determinadas preferencias. Por otra parte, estamos de acuerdo y no le quitamos la razón al autor cuando dice que “en una ciudad nacemos o llegamos a ella y la hacemos parte de nosotros mismos”, en la red no sería posible concebir algo como esto (o por lo menos no por el momento).
7. Más que ciudadanos, creemos que en el ciberespacio podemos ser transeúntes, viajeros, visitantes, podemos arraigarnos a ciertas rutinas cotidianas, podemos ser proponentes activos y transformar realidades, pero decir ciudadanos sería algo ambiguo, algo complicado; es precisamente a partir de esa ambigüedad que nos embarga una inquietud: ¿cuánto tiempo debemos habitar en el ciberespacio para poder ser considerados ciudadanos del mismo?
8. Posibles derechos de los ciudadanos en la emergente Sociedad de la Información, según lo publicado en el artículo “Derechos ciudadanos en la era de Internet: una propuesta tentativa”, escrito por Susana Finquelievich para la revista Infópolis:
1. Derecho a ser respetado como un ser individual, participante de una colectividad denominada Sociedad de Información. El derecho a la vida misma está basado en el respeto del otro, en sus peculiaridades. El derecho a la vida no implica volver a todos iguales, sino respetarlos en sus características particulares.
2. Derecho a participar de la Sociedad de la Información, por medio de la implementación de políticas dirigidas a la eliminación de la exclusión y del aprendizaje de nuevos saberes y técnicas que facilitarán su vida laboral, así como su vida de relación, y que evitarán su exclusión del mundo globalizado.
3. Derecho a disponer de medios de aprendizaje de las nuevas técnicas y saberes tecnológicos y organizacionales asociados a la informática, ya sea por medio de la educación formal, como por cursos de formación continua facilitados a los ciudadanos por el sector público, o por articulaciones entre éste, el sector privado y el asociativo. Esta formación continua en el uso de herramientas tecnológicas le facilitará la inclusión en el mundo laboral.
4. Derecho a participar comunitariamente en el uso de las herramientas tecnológicas.
5. Derecho a conectarse a Internet y a los servicios informáticos y telemáticos fundamentales, por medio de políticas de abaratamiento de precios de conexión (o de exención de ese costo), para organizaciones comunitarias y para los sectores económicamente desfavorecidos, así como de políticas de tarifas telefónicas planas y otros elementos fundamentales, como centros públicos y/o semipúblicos de acceso a Internet, para los mismos sectores.
6. Derecho a establecer redes electrónicas comunitarias que complementen, extiendan las existentes redes comunitarias, o contribuyan a crear nuevas formas de asociación. Esto conlleva el derecho a asociarse con redes comunitarias locales, regionales, nacionales e internacionales, aprovechando las facilidades tecnológicas de la Sociedad de la Información.
7. Derecho al acceso a la información pública, y en particular, a ser informados por los gobiernos locales y nacionales, de las decisiones y planes que conciernen a la ciudad y a la calidad de vida de sus habitantes, por medios electrónicos y tradicionales.
8. Derecho a ser consultados, por los gobiernos locales y nacionales, sobre las decisiones y planes que conciernen a la ciudad y la calidad de vida de sus habitantes, por medios electrónicos y tradicionales, lo que conlleva el derecho a participar en los procesos de toma de decisión por medios electrónicos.
9. Derecho a que se incluya la educación en las nuevas herramientas informáticas desde las etapas más tempranas de la educación, de modo que los niños puedan internalizar el uso de las tecnologías de la información y la comunicación como instrumentos de información y participación ciudadana.
10. Derecho a la utilización de Internet como un espacio público, lo que conlleva el derecho a la creación de redes electrónicas públicas y gratuitas. Esto es posible a través de la implementación de computadoras conectadas a Internet que pueden ser utilizadas en escuelas, bibliotecas, cabinas especiales, ONGs, etc.
11. Derecho a exigir estrategias del Estado para ayudar a proveer equipamientos informáticos y conexiones a Internet a las organizaciones ciudadanas y a los sectores desfavorecidos.
12. Derecho a la privacidad, es decir, a que sus intercambios electrónicos, ya sea que se efectúen desde computadoras personales, desde organizaciones o cabinas públicas o semipúblicas, no sean controlados, vigilados ni leídos por personas o instituciones ajenas. La privacidad en Internet tiene por lo menos tres vertientes: la confidencialidad, la protección de los datos personales, y la seguridad de estas mismas bases de datos. Esto incluye el derecho de los ciudadanos a utilizar las técnicas de protección de esta privacidad que considere convenientes, como la criptografía.
13. Derecho a la libertad de expresión e información, no sólo frente a la censura gubernamental, sino también a la "censura privatizada" que viene de la mano de la puesta en práctica de sistemas de filtrado y bloqueo de determinado tipo de contenidos.
14. Derecho a la no-invasión en sus comunicaciones, a que sus correos electrónicos no sean invadidos por publicidad ni por tipos de comunicación no solicitada.
15. Derecho a la propiedad intelectual, que no sólo está reservada a artistas, científicos y demás profesionales, junto a empresas productoras de bienes y servicios culturales, sino a los ciudadanos en general. Esto plantea el derecho de todo individuo la protección de materiales de su autoría puestos en Internet o en cualquier tipo de redes electrónicas, así como a realizar copias privadas de todo contenido adquirido legalmente.

